PROGRAMA DE CONTRATOS-PROGRAMA

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PROGRAMA DE CONTRATOS-PROGRAMA

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OBJETIVO

Apoyar las acciones encaminadas a la mejora de la actividad investigadora contempladas en contratos‐programa con Centros, Departamentos o Institutos Universitarios, y potenciar el desarrollo de líneas prioritarias de investigación de la Universidad de Granada, mediante acciones concertadas con colectivos específicos de investigadores, que adoptarán también la forma de contrato‐programa. Se trata de favorecer la mejora de los resultados y visibilidad internacional de la investigación producida por los colectivos que están en condiciones más difíciles para desarrollar su labor investigadora.

BENEFICIARIOS

Podrán acogerse a este programa los Centros, Departamentos o Institutos Universitarios que tengan en ejecución programas en los que se contemplen medidas de fomento de la actividad investigadora. Y especialmente aquellos que se encuentren en una fase inicial de desarrollo investigador o se enfrentan a condiciones que objetivamente dificulten su avance en este ámbito.

PROPUESTAS

Los colectivos solicitantes deberán elevar al Vicerrectorado de Política Científica e Investigación hasta el 31 de octubre de 2014, una memoria­‐propuesta que contemple, al menos, los siguientes aspectos:

a) Identificación de los equipos de investigación que componen el colectivo solicitante. Por cada uno de estos equipos suscribirá la propuesta un investigador responsable.

b) Líneas de investigación a desarrollar y justificación de su interés estratégico para la Universidad de Granada. Dicha justificación podrá basarse en el carácter prioritario de tales líneas en los planes de investigación europeo, nacional y autonómico, o en su especial interés y proyección en el entorno socio-­económico de la Universidad de Granada y ciudades que forman parte de su ámbito universitario.

c) Compromiso de resultados a obtener en el marco de una programación bianual. Tales resultados deberán ser susceptibles de evaluación y seguimiento periódico mediante indicadores objetivos referentes a:
• La cantidad, calidad y visibilidad de la producción científica.
• La competitividad del colectivo en la captación de recursos humanos y materiales para investigación.
• La capacidad formativa del colectivo: becarios de investigación, tesis doctorales, programas de doctorado, oferta de postgrado, divulgación científica, etc.
• El potencial de transferencia de tecnología o conocimiento al entorno social.

d) Actividades previstas y medidas a desarrollar, orientadas a la consecución de los objetivos marcados, también en programación bianual. Se cuantificarán las necesidades de financiación que tales actividades y medidas requieren.

e) Queda excluida la posibilidad de contratación de personal con cargo a las ayudas que se concedan en este programa.

GESTIÓN Y EVALUACIÓN DEL PROGRAMA

Concreción de las propuestas: Recibida una memoria‐propuesta en los términos previstos en el apartado anterior de Propuestas, el Vicerrectorado de Política Científica e Investigación la someterá a un estudio previo de viabilidad y, dando audiencia a los investigadores responsables, podrá sugerir las modificaciones o mejoras en la propuesta que se juzguen convenientes. Esta fase consultiva deberá conducir a una versión definitiva de la propuesta en la que queden claramente definidas las siguientes cuestiones:
a) Las actividades concretas a desarrollar en la programación bianual.
b) Los objetivos a alcanzar y sus indicadores de seguimiento periódico.
c) La propuesta de financiación bianual y la previsión presupuestaria.

- Evaluación definitiva: La Vicerrectora de Política Científica e Investigación trasladará la propuesta consensuada, en los términos del apartado anterior, a la Comisión de Investigación para su discusión y aprobación definitiva. La Comisión determinará, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias, el importe total de la subvención que, con cargo a este programa, se pondrá a disposición del colectivo beneficiario. Dicho importe se abonará en un centro de gasto específico, gestionado por uno de los investigadores responsables, elegido por y de entre ellos, de la siguiente forma:
a) Un 60% del importe total al inicio de la primera anualidad.
b) El 40% restante en el segundo año.

-Contrato-programa: Los compromisos adquiridos, tanto por parte del colectivo beneficiario en el cumplimiento de sus objetivos, como por parte del Vicerrectorado de Política Científica e Investigación en la aportación de los recursos pactados, quedarán reflejados documentalmente en un contrato­‐programa suscrito por ambas partes.

Estos contratos sólo se podrán solicitar por un mismo grupo o equipo por un único periodo de dos años consecutivos

SEGUIMIENTO

Para cada uno de los contratos‐programa que esté recibiendo financiación con cargo al Plan Propio de Investigación, en los términos previamente acordados, y al menos con carácter anual, se evaluará el desarrollo de todas las acciones concertadas que estén orientadas al fomento y mejora de la actividad investigadora, verificando el grado de cumplimiento de los objetivos planteados, mediante el análisis de la evolución de los indicadores previstos. Para estas evaluaciones, el colectivo beneficiario deberá presentar una memoria de resultados académicos y otra memoria de carácter económico que justifique los gastos de la primera anualidad. La Comisión de Investigación podrá requerir de los investigadores responsables la documentación que considere necesaria.

El resultado de las evaluaciones será determinante para la continuidad de las acciones concertadas y de las subvenciones a recibir en el segundo año, hasta completar, en su caso, la programación bianual prevista