Facilitar a los investigadores su perfeccionamiento postdoctoral, mediante la financiación de estancias en universidades o centros de investigación en el extranjero.
● Los investigadores beneficiarios suscribirán con la Universidad de Granada un contrato de trabajo para obra o servicio determinado, al amparo de lo que establecen el Estatuto de los Trabajadores y sus disposiciones de desarrollo.
● Los investigadores contratados desarrollarán un proyecto de investigación en su centro de destino, que habrá de estar ubicado fuera de España.
● Los contratos tendrán un año de duración y podrán ser renovados por un segundo año, en el que se regirán por lo dispuesto en la convocatoria de este programa que esté vigente en el momento de la renovación.
● La dotación de los contratos será de 1.550 € brutos mensuales, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Los gastos de cuota patronal e indemnización se añadirán a la retribución mencionada. Adicionalmente se dotará con un complemento en función del país de destino de acuerdo con la tabla mostrada en el Anexo II.
● La Comisión de Investigación podrá conceder ayudas complementarias para la realización del viaje de ida y vuelta y para gastos de instalación en el país de destino, en función de la localización geográfica del mismo:
○ Portugal: 900€
○ Europa y Norte de África: 1500€
○ Resto de países: 2000€
● Cualquier viaje adicional correrá a cargo del beneficiario.
● El período de vigencia del contrato comenzará en el momento de incorporación del beneficiario al centro de destino, que deberá realizarse antes del plazo de tres meses desde la fecha de resolución de esta convocatoria, salvo casos especiales debidamente justificados y previa autorización explícita del Vicerrector de Investigación y Transferencia.
● Estos contratos son incompatibles con cualquier beca o ayuda oficial, así como con cualquier tipo de remuneración salarial. Dado el carácter subsidiario del programa, si el beneficiario obtuviera otra beca, ayuda o cualquier tipo de remuneración salarial, cesaría automáticamente en el contrato. No obstante, en casos excepcionales y debidamente justificados, la Comisión de Investigación podrá autorizar la percepción de remuneraciones complementarias, que en ningún caso podrán exceder el 40% del salario adjudicado al contrato, con cargo a proyectos o fondos del grupo o centro de destino.
● La Universidad de Granada reconocerá, a efectos de concursos, la labor investigadora realizada durante el periodo de vigencia del contrato.
● Se otorgará un máximo de 6 contratos postdoctorales en la convocatoria actual, de las que 1 plaza se reserva para el turno de personas con discapacidad. En el caso de que dicha plaza no sea cubierta, no se acumulará al cupo general.
La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, en la cual se indicará la documentación necesaria, en formato electrónico. El plazo de presentación de solicitudes estará comprendido entre el 4 y el 29 de noviembre de 2019, ambos inclusive.
Para la adjudicación de las ayudas la Comisión de Investigación tendrá en cuenta:
○ Curriculum vitae del candidato (formato CVN).
○ Historial científico-técnico del grupo receptor.
○ Calidad del centro/grupo receptor en el ámbito científico del proyecto presentado.
○ Calidad y viabilidad del proyecto.
○ Puntuación obtenida en la convocatoria del programa Juan de la Cierva (Formación). En el caso de que el Ministerio no convoque o retrase en exceso la resolución de la convocatoria sobre movilidad posdoctoral, la Comisión de Investigación procederá a la evaluación completa de los candidatos atendiendo a los criterios señalados en los apartados inmediatamente anteriores.
La Comisión de Investigación podrá establecer las entrevistas y pruebas que estime convenientes para evaluar a los candidatos.
Siempre que se considere necesario la Comisión de Investigación podrá solicitar la evaluación externa de los candidatos por parte de la ANEP.
Una vez concluida la evaluación y realizada la propuesta provisional de los beneficiarios, se requerirá a los candidatos propuestos la documentación acreditativa del curriculum vitae y demás certificados pertinentes.
La valoración de las solicitudes se llevará a cabo aplicando el baremo correspondiente a este programa, incluido en el Anexo III.