PROGRAMA DE ESTANCIAS BREVES EN CENTROS DE INVESTIGACIÓN NACIONALES Y EXTRANJEROS

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PROGRAMA DE ESTANCIAS BREVES EN CENTROS DE INVESTIGACIÓN NACIONALES Y EXTRANJEROS

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OBJETIVO

Facilitar al personal docente e investigador de la Universidad de Granada la actualización de conocimientos y la adquisición de nuevas técnicas, el acceso a material de investigación o el contacto directo con investigadores de prestigio mediante estancias breves en otras universidades o centros de investigación.

CONDICIONES

Las ayudas se concederán para estancias de duración mínima de 15 días y máximo de tres meses, que habrán de realizarse entre el 1 de enero de 2015 y el 30 de abril de 2016.

Estas ayudas deberán ser cofinanciadas al 50% por un Departamento, Instituto, Grupo o Proyecto de Investigación de la Universidad de Granada o por cualquier otra institución.

- Se concederá, como máximo, una ayuda anual por solicitante.

‐ Se atenderán las necesidades de planificación universitaria, procurando una adecuada distribución de las ayudas por Grupos de Investigación Universitarios, estableciéndose un máximo de tres cofinanciaciones por Grupo. Cuando existan solicitudes de varios miembros de un mismo Grupo de Investigación, el responsable deberá priorizar las mismas.

‐ El importe de la ayuda incluye los gastos de desplazamiento y una ayuda complementaria.

REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

Podrán solicitar estas ayudas:
a) Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada.
b) Los beneficiarios de programas oficiales de formación de personal investigador, que no tengan reconocida la posibilidad de formación temporal en el extranjero en el programa por el que se rigen, así como las y los becarios homologados de la Universidad de Granada. Este programa tiene un carácter subsidiario de las convocatorias de ayuda a la movilidad que se convocan con carácter nacional o autonómico, por tanto su solicitud está vinculada inexcusablemente a las realizadas a las otras convocatorias, sólo la denegación de la petición en éstas o la no convocatoria de los programas, si se produce, implica la financiación a través de este programa

FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

Cada solicitud deberá ir acompañada de los siguientes documentos:

a) En el plan de trabajo a desarrollar debe constar la justificación de la investigación a desarrollar en otro centro, indicando el interés y la calidad de dicho centro o de los equipos con los que se va a colaborar.
b) Carta de admisión del centro de investigación de destino, en la que se haga constar la viabilidad de la labor a desarrollar.
c) Autorización de desplazamiento concedida por los órganos de gobierno competentes.
d) Curriculum vitae abreviado del solicitante con las cinco mejores publicaciones y fotocopia del DNI del solicitante.
e) Una breve descripción del Curriculum vitae del investigador con el que se desea colaborar señalando sus mejores publicaciones (junto con los indicadores bibliométricos más significativos)
f) Si existe, se incluirá el convenio de colaboración existente entre las instituciones.

El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto hasta el 31 de octubre de 2015, con resoluciones en junio y noviembre de 2015.

CRITERIOS DE VALORACIÓN

Con carácter general se tendrán en cuenta los siguientes criterios de selección:
a) Méritos académicos y científicos del solicitante.
b) Viabilidad de la labor a realizar e interés de la misma.
c) Calidad del centro receptor medida de acuerdo con los rankings internacionales (Shangai, Taiwan, ESI, i-UGR).
d) Se valorará positivamente la existencia de un convenio de colaboración entre la Universidad de Granada y el organismo al que pertenezca el centro de destino.
e) Se valorará positivamente la existencia de una colaboración previa que se haya concretado en resultados tangibles: publicaciones, patentes, proyectos de investigación financiados, etc.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

-­ Realizar la estancia en la fecha y centro para los que se concede la ayuda, siendo necesaria para cualquier cambio la autorización previa del Vicerrector de Investigación y Transferencia.

‐ Presentar en el plazo de un mes, después de finalizar la estancia, siempre que se haya recibido comunicación de la concesión por escrito, una breve memoria de la labor investigadora desarrollada, certificación acreditativa de la realización de la estancia y justificantes económicos.