Incentivos para la realización de actividades de carácter científico y técnico de la Junta de Andalucía

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Incentivos para la realización de actividades de carácter científico y técnico de la Junta de Andalucía

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Convocatoria 2013

Convocatoria 2012

Propuestas provisionales (ficheros en formato ZIP):

SOLICITUD DE SUBSANACIÓN AYUDAS 2012: El día 9 de julio de 2014 se publicó en la página web de la Consejería, las solicitudes de las convocatorias de actividades cientificas y tecnológicas individuales del año 2012, de las cuales era necesario subsanar la documentación presentada en los plazos de solicitud establecidos en la Orden de 11 de diciembre de 2007.

CONVOCATORIA: Conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Orden de 11 de diciembre de 2007 y en la Resolución de 22 de octubre de 2013 de la Secretaria General de Universidades,Investigación y Tecnología, dicha subsanación deberá presentarse por escrito (firmado tanto por el investigador como por el representante legal de la entidad solicitante que conste debidamente inscrito en el Registro Electrónico de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento como competente para la tramitación de estos incentivos), en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

* Consulte aquí el PDF de la resolución

Convocatoria 2011

RESOLUCION Convocatoria 3/2011

RESOLUCION Convocatoria 2/2011

RESOLUCION Convocatoria 1/2011

Publicación: BOJA número 14 de 23/01/2012

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Nuevo plazo de solicitud: desde el 10/09/2011 hasta el 26/09/2011

Las actividades científicas y técnicas incentivadas son:

  • Organización de congresos. Deberán celebrarse en Andalucía y tener un alto valor científico y relevancia para Andalucía.
  • Publicaciones de carácter científico y técnico que tengan por objeto la difusión de los resultados de la investigación de la persona que la solicite.
  • Estancias en organismos de investigación de excelencia ubicados fuera de Andalucía.
  • Estancias del personal investigador de organismos de investigación fuera de Andalucía en Organismos de investigación andaluces.

Las cantidades concedidas podrán cubrir total o parcialmente el coste de la actividad incentivada. IMPORTES MÁXIMOS DE INCENTIVOS PARA ESTANCIAS DE ACTIVIDADES DE CARÁCTER CIENTÍFICO Y TÉCNICO, ANUALIDAD 2011

Excepcionalmente y para la organización de Congresos, el incentivo podrá alcanzar hasta el 50% del coste de realización, detallado en el presupuesto.

LAS SOLICITUDES SOLO PUEDEN REALIZARSE DE FORMA TELEMATICA MEDIANTE FIRMA DIGITAL EN LA APLICACION QUE LA JUNTA DE ANDALUCIA TIENE DISPONIBLE EN: https://ws124.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa/iac/

Resoluciones 2010

Convocatoria 2010

  • CONVOCATORIA 2010: Nuevo plazo de solicitudes hasta el 25 de Septiembre.

Más información en la página de la Junta de Andalucía.

Puede consultar las instrucciones para gestión de ayudas para actividades científicas de la Junta de Andalucía y que afectan especialmente a aquellas ayudas que han sido concedidas por un importe inferior al presupuesto aprobado que hay que justificar:

MODIFICACION DE LA RESOLUCION DE CONCESION

Las solicitudes de modificación de la resolución de concesión del incentivo deberán tramitarse conforme a lo establecido en los artículos 19.2 del Decreto 254/2001 de 20 de noviembre (Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía) y Art. 26 de la Orden de 11 de diciembre de 2007:

  • Los cambios se solicitarán de forma inmediata a la aparición de las circunstancias que lo motiven y con antelación a la finalización del plazo inicialmente concedido para realizar la actividad de que se trate.
  • La solicitud de modificación deberá estar suficientemente justificada, presentándose de forma inmediata a la aparición de las circunstancias que lo motiven y con antelación a la finalización del plazo de justificación inicialmente concedido.
  • Las condiciones que se modifiquen serán las recogidas en el artículo 26 (cambios de fechas, percepción de otros incentivos...)
  • La solicitudes de cambio habrán de tramitarse por el personal investigador a través de las Universidades u Organismos de Investigación a que pertenezcan y acompañándose de la misma documentación que, habiéndose presentado en la solicitud del incentivo, resulte afectada por el cambio (carta de aceptación del centro receptor/ del investigador invitado a las nuevas fechas propuestas; VºBº del director de la beca y autorización del vicerrector si se trata de personal investigador en formación, etc...)
  • Las circunstancias alegadas para el cambio deberán estar justificadas. Deberá constar en la solicitud la causa justificativa del cambio.
  • La autorización por el Secretario General de las modificaciones solicitadas es expresa y previa a la realización de la actividad modificada.
  • Las modificaciones de la resolución de concesión solicitadas por los beneficiarios, deberán prever que estas comprometan futuras solicitudes a efectos de no poder concederse más de un incentivo por investigador y modalidad para el mismo ejercicio económico, conforme a lo indicado en el artículo 58.5.de la Orden de Convocatoria.
  • La realización de modificaciones no autorizadas en las condiciones iniciales de la ayuda, supondrá la devolución de la cantidad afectada por la modificación y, en su caso, la revocación de la ayuda.

Más información en la página de Incentivos de la Junta de Andalucía, Bases Reguladoras .

RECURSOS

  • Una vez recaída la resolución que pone fin a la convocatoria, la misma se publica en la Web y un extracto de la misma se publicará en el BOJA. El plazo para interponer el recurso potestativo de reposición es de un mes a partir del día siguiente al de la publicación de dicho extracto en el BOJA. Si se prefiere, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía. (Art. 25 de la Orden de 11 de diciembre de 2007)

Más información en la página de Incentivos de la Junta de Andalucía, Bases Reguladoras .

Resoluciones 2009

Importante: se seguirá el siguiente protocolo de actuación:

  1. La creación de centros de gasto en que el presupuesto aprobado sea superior a la ayuda concedida, estará condicionado a la justificación previa de gastos por la diferencia entre el presupuesto aprobado y la ayuda concedida. Así en el caso de un presupuesto aprobado para organizar un congreso de 10.000 euros y una ayuda concedida de 6.000 euros, para proceder a la creación del centro de gasto y dotarlo con los 6.000 euros, el responsable deberá previamente justificar gastos por los restantes 4.000 euros del presupuesto.
  2. La justificación se realizará a través del modelo que se adjunta, y se acompañará de los extractos contables del programa Universitas XXI Económico, subrayando los gastos tramitados, que se dirigirán al Vicerrectorado de Política Científica e Investigación.
  3. Comprobada la justificación se dotará el centro de gasto de la ayuda concedida.

Resoluciones 2008

Resoluciones 2007

Resoluciones 2006

Resolución 2/2006

Resolución 1/2006

Información acerca de las ayudas

Recursos: En en plazo de un mes desde su publicación en BOJA (pendiente de publicación)

Procedimiento de gestión: Como en anteriores resoluciones de esta convocatoria, el Servicio de Asuntos Económicos procederá a la apertura de una orgánica específica para cada ayuda y la comunicará a los beneficiarios (tiempo estimado 2 semanas). Contra las citadas orgánicas los beneficiarios procederán a la liquidación de las dietas que procedan o a abonar las facturas justificativas del gasto.

Ayudas concedidas por importe inferior al presupuesto aceptado (publicaciones): Las ayudas con presupuesto superior a la ayuda realmente concedida deberán remitir al Vicerrectorado de Política Científica e Investigación (Gestión económica - tlfo: 958244193-241316) la identificación de los pagos realizados con cargo a otras subvenciones o a presupuesto propio hasta alcanzar la totalidad del presupuesto aceptado.

Alteraciones de las ayudas : Cualquier alteración de lugar, tiempo o plazo de ejecución de las ayudas sobre las previstas en la resolución de concesión deberán solicitarse por escrito ante este Vicerrectorado en el modelo disponible en nuestra web "Solicitud de Cambio de Ayuda" para su tramitación y aprobación previa por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa. No se liquidarán dietas que supongan alteraciones si previamente estas no han sido autorizadas por la Consejería.