Finalizada la convocatoria 2013.
Más información en la página web:
Propuestas provisionales (ficheros en formato ZIP):
SOLICITUD DE SUBSANACIÓN AYUDAS 2012: El día 9 de julio de 2014 se publicó en la página web de la Consejería, las solicitudes de las convocatorias de actividades cientificas y tecnológicas individuales del año 2012, de las cuales era necesario subsanar la documentación presentada en los plazos de solicitud establecidos en la Orden de 11 de diciembre de 2007.
CONVOCATORIA: Conforme a lo establecido en el artículo 19 de la Orden de 11 de diciembre de 2007 y en la Resolución de 22 de octubre de 2013 de la Secretaria General de Universidades,Investigación y Tecnología, dicha subsanación deberá presentarse por escrito (firmado tanto por el investigador como por el representante legal de la entidad solicitante que conste debidamente inscrito en el Registro Electrónico de Agentes del Sistema Andaluz del Conocimiento como competente para la tramitación de estos incentivos), en cualquiera de los registros previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, y en el artículo 82 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.
* Consulte aquí el PDF de la resolución
RESOLUCION Convocatoria 3/2011
RESOLUCION Convocatoria 2/2011
RESOLUCION Convocatoria 1/2011
Publicación: BOJA número 14 de 23/01/2012
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Nuevo plazo de solicitud: desde el 10/09/2011 hasta el 26/09/2011
Las actividades científicas y técnicas incentivadas son:
Las cantidades concedidas podrán cubrir total o parcialmente el coste de la actividad incentivada. IMPORTES MÁXIMOS DE INCENTIVOS PARA ESTANCIAS DE ACTIVIDADES DE CARÁCTER CIENTÍFICO Y TÉCNICO, ANUALIDAD 2011
Excepcionalmente y para la organización de Congresos, el incentivo podrá alcanzar hasta el 50% del coste de realización, detallado en el presupuesto.
LAS SOLICITUDES SOLO PUEDEN REALIZARSE DE FORMA TELEMATICA MEDIANTE FIRMA DIGITAL EN LA APLICACION QUE LA JUNTA DE ANDALUCIA TIENE DISPONIBLE EN: https://ws124.juntadeandalucia.es/innovacioncienciayempresa/iac/
Convocatoria 3/2010
Publicación: BOJA de 22 de Septiembre de 2011
Publicado en Boja nº 182, de 15 de septiembre de 2011.
Publicación: BOJA de 5 de Abril de 2011
Más información en la página de la Junta de Andalucía.
Puede consultar las instrucciones para gestión de ayudas para actividades científicas de la Junta de Andalucía y que afectan especialmente a aquellas ayudas que han sido concedidas por un importe inferior al presupuesto aprobado que hay que justificar:
Las solicitudes de modificación de la resolución de concesión del incentivo deberán tramitarse conforme a lo establecido en los artículos 19.2 del Decreto 254/2001 de 20 de noviembre (Reglamento por el que se regulan los procedimientos para la concesión de subvenciones y ayudas públicas por la Administración de la Junta de Andalucía) y Art. 26 de la Orden de 11 de diciembre de 2007:
Más información en la página de Incentivos de la Junta de Andalucía, Bases Reguladoras .
Más información en la página de Incentivos de la Junta de Andalucía, Bases Reguladoras .
Importante: se seguirá el siguiente protocolo de actuación:
Recursos: En en plazo de un mes desde su publicación en BOJA (pendiente de publicación)
Procedimiento de gestión: Como en anteriores resoluciones de esta convocatoria, el Servicio de Asuntos Económicos procederá a la apertura de una orgánica específica para cada ayuda y la comunicará a los beneficiarios (tiempo estimado 2 semanas). Contra las citadas orgánicas los beneficiarios procederán a la liquidación de las dietas que procedan o a abonar las facturas justificativas del gasto.
Ayudas concedidas por importe inferior al presupuesto aceptado (publicaciones): Las ayudas con presupuesto superior a la ayuda realmente concedida deberán remitir al Vicerrectorado de Política Científica e Investigación (Gestión económica - tlfo: 958244193-241316) la identificación de los pagos realizados con cargo a otras subvenciones o a presupuesto propio hasta alcanzar la totalidad del presupuesto aceptado.
Alteraciones de las ayudas : Cualquier alteración de lugar, tiempo o plazo de ejecución de las ayudas sobre las previstas en la resolución de concesión deberán solicitarse por escrito ante este Vicerrectorado en el modelo disponible en nuestra web "Solicitud de Cambio de Ayuda" para su tramitación y aprobación previa por la Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa. No se liquidarán dietas que supongan alteraciones si previamente estas no han sido autorizadas por la Consejería.