RESOLUCION DE AYUDAS PARA PRORROGAS DE CONTRATOS RAMON Y CAJAL

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RESOLUCION DE AYUDAS PARA PRORROGAS DE CONTRATOS RAMON Y CAJAL

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Publicado el 11 de Diciembre de 2012

RESOLUCIÓN DE 11/12/2012 DE LA UNIVERSIDAD DE GRANADA POR LA QUE SE REALIZA LA CONVOCATORIA PÚBLICA PARA LA PRÓRROGA DE CONTRATOS FORMALIZADOS EN LA UNIVERSIDAD DE GRANADA DENTRO DEL PROGRAMA RAMÓN Y CAJAL

Mediante Resolución de 22 de octubre de 2012, de la Secretaría de Estado de Investigación, Desarrollo e Innovación del Ministerio de Economía y Competitividad (BOE núm. 256, de 24 de octubre de 2012) por la que se aprueba la convocatoria correspondiente al año 2012 del procedimiento de concesión, entre otras, de ayudas del Subprograma Ramón y Cajal, se ha procedido a establecer la posibilidad de prórroga por un período máximo de 2 años de los contratos formalizados conforme a convocatorias anteriores del Programa o Subprograma Ramón y Cajal que finalicen próximamente, en el caso de los Organismos Públicos de Investigación adscritos al Ministerio de Ciencia e Innovación.

La Consejería de Economía, Innovación, Ciencia y Empresa de la Junta de Andalucía ha hecho llegar al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia una propuesta de acuerdo del Consejo Andaluz de Universidades según la cual las universidades públicas andaluzas podrán prorrogar los contratos formalizados conforme a convocatorias anteriores del Programa o Subprograma Ramón y Cajal. Las prórrogas sólo podrán realizarse por un período máximo de 2 años mediante un proceso de selección que asegure la excelencia de los investigadores titulares de los contratos y se realice conforme a los criterios de selección que fije el correspondiente organismo.

En este contexto, este Vicerrectorado hace pública la presente convocatoria de ayudas, que deberán ser concedidas por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada.

REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

Podrán solicitar ayudas las personas contratadas conforme a convocatorias del Programa o Subprograma Ramón y Cajal que cumplan los siguientes requisitos que aseguren su excelencia investigadora:

  1. Mantener un contrato en vigor como investigador Ramón y Cajal adscrito a la Universidad de Granada con fecha de finalización sea el 31 de diciembre de 2016 (o anterior).
  2. Haber superado satisfactoriamente las evaluaciones de 2º y 4º año de la actividad investigadora desarrollada en el contexto del contrato Ramón y Cajal disfrutado.
  3. Haber obtenido una evaluación positiva de su actividad investigadora de acuerdo con los criterios del Programa de Incentivación de la Incorporación e Intensificación de la Actividad Investigadora (programa I3) del Ministerio de Economía y Competitividad.
  4. Estar acreditado para la figura de Profesor Contratado Doctor por la ANECA o por la AGAE o bien tener la condición de habilitado para el cuerpo de Profesores Titulares de Universidad
  5. Contar con el aval de un Departamento de la Universidad de Granada.

PLAZO DE SOLICITUD Y DOCUMENTACIÓN

  • Las solicitudes se presentarán en el Registro General de la Universidad de Granada y estarán disponibles en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, en el enlace que se indica al final de esta página.
  • El plazo de solicitud estará abierto hasta el 31/12/2016. Para evitar discontinuidades, será recomendable realizar la solicitud de prórroga con dos meses de antelación a la finalización del contrato.
  • La solicitud de contrato deberá estar avalada por el Consejo de Departamento y deberá estar acompañada de una memoria que incluya la justificación de la necesidad e interés de la prórroga del contrato así como una descripción de las tareas a realizar por el contratado.

RESOLUCIÓN

  • Una vez comprobado el cumplimiento de los requisitos, la Comisión de Investigación propondrá la prórroga del contrato Ramón y Cajal, que deberá ser aprobada por el Consejo de Gobierno de la Universidad de Granada.
  • En cualquier caso, la fecha de inicio del contrato de prórroga será siempre posterior a la fecha de finalización del contrato Ramón y Cajal del candidato.
  • Las prórrogas serán por un año, ampliable a una segunda anualidad.

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

  • Los beneficiarios tendrán los mismos derechos y obligaciones contemplados en el contrato que se prorroga.
  • Los contratados prestarán colaboraciones docentes hasta un máximo de 12 créditos por curso académico.
  • Al finalizar el primer año de contrato el beneficiario deberá remitir al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia un informe de la labor realizada y de los resultados obtenidos. La evaluación de esta memoria podrá tenerse en cuenta para la renovación del contrato.
  • Los beneficiarios deberán mencionar a la UGR en las publicaciones científicas derivadas de su contrato.

Contra la presente resolución que, de acuerdo con el artículo 84.2 de los Estatutos de esta Universidad, cuya publicación fue ordenada por Decreto 231/2011 de 12 de julio (BOJA nº 147, de 28/07/2011), no agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el Rector en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la presente resolución, de acuerdo con lo previsto en los artículos 114 y 115 de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

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