MODALIDADES DE BECA-CONTRATO:
A - BECAS-CONTRATOS (FPU)
> B - BECAS-CONTRATOS COFINANCIADOS CON INSTITUCIONES, EMPRESAS O ENTIDADES
Incrementar el número de investigadores en la UGR y promover la formación de doctores, con carácter complementario a los programas de formación de personal docente e investigador de los planes nacionales y andaluz de investigación.
El programa se adecua a lo establecido en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en la que se contempla la contratación para la realización de tareas de investigación a quienes estén en posesión del Título de licenciado, ingeniero, arquitecto, graduado universitario con grado de al menos 300 créditos ECTS, master universitario o equivalente, y hayan sido admitidos en un programa de doctorado.
Los contratos tendrán una duración de un año, prorrogable por periodos anuales previo informe favorable de la comisión académica del programa de doctorado o, en su caso, de la escuela de doctorado, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa hasta un máximo de tres años. En casos excepcionales se podrá conceder un cuarto año de contrato que estará supeditado al informe favorable de la comisión académica del programa de doctorado y a la aprobación de la Comisión de Investigación. En ningún caso la duración acumulada del contrato inicial más las prórrogas podrá exceder de cuatro años, salvo en los casos contemplados específicamente en la Ley 14/2011.
-La cuantía de las ayudas será la siguiente: a) Doce mensualidades de 1.050 € brutos durante los dos primeros años de contrato; b) Doce mensualidades de 1120 euros durante el tercer año de contrato; y c) Doce mensualidades de 1400 euros durante el cuarto año de contrato. En todos los casos estas cuantías incluyen la parte proporcional de las pagas extraordinarias, pero no la cuota patronal que será igualmente sufragada. b) Desde el segundo año de contrato se establece la posibilidad de disfrutar de una bolsa de viaje para una estancia en algún otro centro de investigación, fuera del ámbito geográfico de la UGR, por un máximo de tres meses, que deberá solicitarse en el contexto del correspondiente programa 10.Estancias Breves del Plan Propio de Investigación. c) El contrato de trabajo se establecerá en la modalidad de contrato predoctoral de acuerdo con lo establecido en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
- Se mantendrán un máximo de 36 ayudas predoctorales en vigor, de forma que en cada convocatoria se cubrirán las vacantes que se hayan producido desde la convocatoria anterior.
El plazo de presentación de solicitudes estará abierto entre el 27 de agosto y el 21 de Septiembre de 2012.
Cada solicitud deberá incluir los siguientes documentos:
Para la adjudicación de los contratos la Comisión de Investigación tendrá en cuenta:
Al término de cada anualidad deberá presentarse una breve memoria del trabajo realizado con la aprobación del director del trabajo y de la comisión académica del programa de doctorado. La no presentación de dicho informe o su evaluación científica desfavorable podrá resultar, siempre a criterio de la Comisión de Investigación, en la no renovación del contrato.
Contribuir a dinamizar y estrechar las relaciones entre el sector productivo y el mundo universitario, estableciendo condiciones que potencien iniciativas emprendedoras, que faciliten la carrera profesional del personal investigador en formación e incentiven la contratación en empresas, promoviendo prácticas de empleo estable.
- Estas ayudas están destinadas a financiar el importe total de un contrato, que será financiado en un 25% por el Plan Propio y en un 75% por la empresa o institución a la que éste se adscriba.
-Los contratos tendrán una duración de un año, prorrogable por periodos anuales previo informe favorable de la comisión académica del programa de doctorado o, en su caso, de la escuela de doctorado, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa hasta un máximo de tres años. En casos excepcionales se podrá conceder un cuarto año de contrato que estará supeditado al informe favorable de la comisión académica del programa de doctorado y a la aprobación de la Comisión de Investigación. En ningún caso la duración acumulada del contrato inicial más las prórrogas podrá exceder de cuatro años, salvo en los casos contemplados específicamente en la Ley 14/2011.
-Cualquier renovación estará supeditada a las disponibilidades presupuestarias de las entidades co-financiadoras, así como a la voluntad de continuidad que éstas manifiesten y a que el contratado siga cumpliendo los requisitos establecidos en este programa y en la convocatoria específica.
-La cuantía de los contratos será la siguiente: a) Doce mensualidades de 1.050 € brutos durante los dos primeros años de contrato; b) Doce mensualidades de 1120 euros durante el tercer año de contrato; y c) Doce mensualidades de 1400 euros durante el cuarto año de contrato. En todos los casos estas cuantías incluyen la parte proporcional de las pagas extraordinarias, pero no la cuota patronal que será igualmente sufragada de forma proporcional por ambas partes. En cualquier caso, el Plan Propio sólo financiará hasta el 25% de esta cuantía, en las mismas condiciones que las ayudas de la modalidad A.
- Se mantendrá un máximo de 8 ayudas en vigor en la actual convocatoria.
El proceso de solicitud de este programa consta de dos fases:
PRIMERA FASE: Solicitud de las ayudas por los directores de la investigación
- Requisitos de los solicitantes
Podrán solicitar las ayudas profesores de la UGR con título de doctor, en calidad de directores de los futuros beneficiarios.
- Formalización de solicitudes
La solicitud se realizará a través de la aplicación telemática correspondiente.
La solicitud deberá incluir la siguiente documentación:
- Criterios de valoración
La Comisión de Investigación tendrá en cuenta, como principales criterios de selección, el interés y viabilidad del proyecto que presente el investigador responsable, la calidad y el prestigio de la empresa o institución que apoya la propuesta, y la existencia de un convenio de colaboración con la UGR.
SEGUNDA FASE: Selección de candidatos mediante concurso público
Una vez aprobada la ayuda por la Comisión de Investigación se procederá a la selección de candidatos mediante concurso público. En convocatoria oficial se dará a conocer la titulación exigida, las condiciones del contrato, los criterios de selección y la composición de la comisión evaluadora.
a) Requisitos de los solicitantes Podrán solicitar la ayuda licenciados y/o doctorandos que reúnan las siguientes condiciones:
- Ser titulado superior. - Tener expediente académico con nota media igual o superior a 1,6 puntos. Dicha media se computará sobre la totalidad de las materias cursadas en la titulación correspondiente. - Para el caso de realizar tesis doctoral, tener aprobado el Plan de trabajo. - Que el Director del contrato esté vinculado a la Universidad de Granada.
b) Formalización de solicitudes
La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Política Científica e Investigación.
La solicitud deberá incluir los siguientes documentos:
Las solicitudes de los directores de investigación podrán presentarse en cualquier momento hasta 31 de octubre, y serán evaluadas en periodos trimestrales.
c) Criterios de valoración
La comisión evaluadora en la segunda fase del concurso tendrá en cuenta, entre otros méritos, el currículum vitae y el expediente académico de los candidatos así como los criterios especificados en la convocatoria oficial.
Realizar la actividad para la que se concede la ayuda. Cualquier modificación sobre el proyecto presentado requerirá de la autorización previa de la Vicerrectora de Política Científica e Investigación.
Presentar un informe anual al Vicerrectorado de Investigación sobre de los avances que se produzcan, refrendados por el director del trabajo de investigación y presentar asimismo los informes que solicite la empresa.
Los beneficiarios se subrogarán para sus derechos y obligaciones en las condiciones que se establezcan en las convocatorias de años sucesivos del Plan Propio.
Los becarios y contratados correspondientes a las convocatorias de 2008, 2009 y 2010 se regirán durante la totalidad de la ayuda por las condiciones establecidas en la convocatoria de este programa del año 2011.