PROGRAMA 11: ESTANCIAS DE INVESTIGADORES EXTRANJEROS EN DEPARTAMENTO E INSTITUTOS

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PROGRAMA 11: ESTANCIAS DE INVESTIGADORES EXTRANJEROS EN DEPARTAMENTO E INSTITUTOS

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OBJETIVO

Fomentar el intercambio y la actualización de conocimientos e información científica de los miembros de la comunidad universitaria de Granada, mediante la permanencia en esta universidad de profesores e investigadores de trayectoria científica y profesional extensa, provenientes de otras universidades o centros de investigación.

CONDICIONES

- Las ayudas se concederán para estancias con duración mínima de un mes y máxima de tres meses, que habrán de realizarse entre el 1 de enero de 2011 y el 30 de abril de 2012.

- Las ayudas habrán de ser cofinanciadas al 50% por un Departamento, Instituto, Centro de investigación, Grupo o Proyecto de Investigación de la UGR, o por cualquier otra institución.

- Las ayudas cubrirán los gastos de alojamiento y manutención del investigador invitado, por una cuantía equivalente a su precio en las residencias universitarias de la UGR.

REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

Podrán ser beneficiarios de este programa los Departamentos, Institutos, Grupos o Proyectos de Investigación de la UGR. Las solicitudes serán presentadas por las y los directores de Departamentos o Institutos, investigadores responsables de los Grupos o investigadores principales de proyectos.

FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

- El plazo de presentación de solicitudes permanecerá abierto entre el 4 de abril y el 30 de septiembre de 2010.

-Cada solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:

a) Reseña del curriculum vitae del profesor o científico visitante.

b) Compromiso del investigador invitado a realizar la estancia en la UGR en las fechas previstas y de acuerdo con el plan de trabajo propuesto.

c) Copia del DNI o pasaporte del profesor invitado.

CRITERIOS DE VALORACIÓN

Con carácter general se tendrán en cuenta los siguientes criterios de selección:

a) Méritos académicos y científicos del invitado.

b) Viabilidad de la labor a realizar e interés de la misma.

c) Se valorará positivamente la existencia de un convenio de colaboración entre la UGR y el organismo al que pertenezca el invitado.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

La persona invitada deberá realizar la estancia en la fecha y centro para los que se concede la ayuda, siendo necesaria la autorización previa de la Vicerrectora de Política Científica e de Investigación para cualquier cambio.

Presentar, en el plazo de un mes después de finalizar la estancia prevista, una breve memoria de la labor investigadora desarrollada, junto con los justificantes económicos pertinentes.

SOLICITUDES