MODALIDADES DE CONTRATO:
6.A. CONTRATOS PREDOCTORALES (FPU)
6.B. CONTRATOS PREDOCTORALES COFINANCIADOS CON INSTITUCIONES, EMPRESAS O ENTIDADES
Incrementar el número de investigadores en la Universidad de Granada y promover la formación de doctores, con carácter complementario a los programas de formación de personal docente e investigador de los planes nacionales y andaluz de investigación.
- El programa se adecúa a lo establecido en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en la que se contempla la contratación para la realización de tareas de investigación de quienes estén en posesión del Título de licenciado, ingeniero, arquitecto, graduado universitario con grado de al menos 300 créditos ECTS, máster universitario o equivalente, y hayan sido admitidos en un programa de doctorado de la UGR.
- Los contratos tendrán una duración de un año, prorrogable por periodos anuales previo informe favorable de la comisión académica del programa de doctorado o, en su caso, de la escuela de doctorado, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa hasta un máximo de cuatro. En ningún caso la duración acumulada del contrato inicial más las prórrogas podrá exceder de cuatro años, salvo en los casos contemplados específicamente en la Ley 14/2011.
- La cuantía de las ayudas será de doce mensualidades de 1120€ a lo largo del contrato, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias, pero no la cuota patronal, que será igualmente sufragada.
- Desde el segundo año de contrato se establece la posibilidad de disfrutar de una bolsa de viaje para una estancia en algún otro centro de investigación, fuera del ámbito geográfico de la Universidad de Granada, por un máximo de tres meses, que deberá solicitarse en el contexto del correspondiente programa de Ayudas para Estancias Breves del Plan Propio de Investigación.
- El contrato de trabajo se establecerá en la modalidad de contrato predoctoral de acuerdo con lo establecido en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
- Debido al carácter subsidiario del Plan Propio de Investigación, el disfrute de estos contratos será incompatible con la obtención de ayudas equivalentes en programas europeos, nacionales o autonómicos. De este modo, los beneficiarios de estos programas a los que le sean concedidas ayudas en el programa FPU, contratos Río Hortega, o programas equivalentes estarán obligados a la aceptación de éstas, cesando automáticamente el disfrute de la beca-contrato FPU del Plan Propio.
- Los contratos predoctorales se podrán extinguir por las siguientes circunstancias:
- Se mantendrán un máximo de 36 ayudas predoctorales en vigor, de forma que en cada convocatoria se cubrirán las vacantes que se hayan producido desde la convocatoria anterior.
La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, a la que se subirá la siguiente documentación en formato electrónico:
El plazo de presentación de solicitudes se anunciará en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, una vez hayan sido publicadas las resoluciones de los programas FPU del MECD y de los contratos Río Hortega.
Para la adjudicación de los contratos la Comisión de Investigación tendrá en cuenta:
- Los beneficiarios de este programa formarán parte del colectivo de personal investigador en formación, según lo estipulado en los Estatutos de la Universidad de Granada, con todos los derechos y obligaciones que se derivan de esta situación.
- Los beneficiarios deberán observar las condiciones relativas a incompatibilidades, derechos y deberes establecidas, respectivamente, en la convocatoria becas FPU publicada por la Secretaría de Estado de Educación, Formación profesional y Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, o en la convocatoria de contratos Río Hortega.
- Los beneficiarios podrán colaborar en las tareas docentes del Departamento en las condiciones aprobadas en el Plan de Organización Docente del curso correspondiente.
- Los beneficiarios estarán obligados a presentar solicitud a las convocatorias oficiales de programas de ayudas FPU o de contratos Río Hortega que se realicen durante el periodo de vigencia de su contrato.
- Los beneficiarios estarán obligados a aceptar cualquier beca o contrato que le sea concedida en programas europeos, nacionales o autonómicos equivalentes a este programa, debiendo presentar automáticamente su renuncia a la beca o contrato del Plan Propio.
- Los beneficiarios se subrogarán para sus derechos y obligaciones en las condiciones que se establezcan en las convocatorias de años sucesivos del Plan Propio o en su defecto en lo que establezca, respectivamente, la convocatoria para ayudas FPU de los subprogramas de Formación y Movilidad incluidos en el Programa estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y técnica del MECD, o lo que establezca la convocatoria de contratos Río Hortega.
- Dos meses antes de la finalización de cada anualidad deberá presentarse la memoria anual de evaluación del trabajo realizado que se publicará en el Repositorio de la Biblioteca de la Universidad de Granada y que deberá contar con el informe del director de la tesis doctoral y de la comisión académica del programa de doctorado. La no presentación de dicho informe o su evaluación científica desfavorable podrá resultar, siempre a criterio de la Comisión de Investigación, en la no renovación del contrato, dicho impreso está disponible en (http://investigacion.ugr.es/pages/docu/propio).
- En el caso de que el beneficiario por exigencias del programa de doctorado al que pertenece, defienda y apruebe su Tesis Doctoral antes del período de finalización del contrato (en el tercer año de disfrute del mismo), podrá optar a un contrato postdoctoral por un período improrrogable máximo de un año, y con las siguientes condiciones:
- Los beneficiarios de este contrato postdoctoral percibirán una dotación mensual de 1.200 € brutos, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Los gastos de cuota patronal e indemnización serán sufragados igualmente.
- Los contratados podrán prestar colaboraciones docentes hasta un máximo semestral de 4 créditos, o los que para este tipo de contratos hayan sido aprobados en el plan de ordenación docente para el año correspondiente.
- La Universidad de Granada, a efectos de oposiciones y concursos, reconocerá la tarea investigadora desarrollada durante el tiempo de disfrute de estas ayudas.
Contribuir a dinamizar y estrechar las relaciones entre el sector productivo y el mundo universitario, estableciendo condiciones que potencien iniciativas emprendedoras, que faciliten la carrera profesional del personal investigador en formación mediante la realización de doctorados industriales en los que el doctorando desarrollará su formación investigadora en colaboración con una empresa o institución privada, con el fin de incentivar la contratación en empresas y promover prácticas de empleo estable.
El proceso de solicitud de este programa consta de dos fases:
PRIMERA FASE: Solicitud de las ayudas por los directores de la investigación
Requisitos de los solicitantes:
- Podrán solicitar las ayudas investigadores de la Universidad de Granada con título de doctor, en calidad de directores de los futuros beneficiarios.
- Firmar un convenio tipo “Acuerdo de colaboración suscrito entre la Universidad de Granada y la institución, empresa o entidad colaboradora” a través de la OTRI de la Universidad de Granada.
Formalización de solicitudes:
Criterios de valoración:
- La Comisión de Investigación tendrá en cuenta, como principales criterios de selección, el interés y viabilidad del proyecto que presente el investigador responsable, la calidad y el prestigio de la empresa o institución que apoya la propuesta, y la existencia de un convenio de colaboración con la Universidad de Granada.
SEGUNDA FASE: Selección de candidatos mediante concurso público
Una vez aprobada la ayuda por la Comisión de Investigación se procederá a la selección de candidatos mediante concurso público. En convocatoria oficial se dará a conocer la titulación exigida, las condiciones del contrato, los criterios de selección y la composición de la comisión evaluadora. La selección de los candidatos se llevará a cabo de forma conjunta por la Universidad de Granada y la entidad cofinanciadora, de modo que la comisión evaluadora deberá estar constituida por dos miembros de la Comisión de Investigación y dos representantes de la empresa o institución privada.
Requisitos de los solicitantes: Podrán solicitar la ayuda licenciados, graduados y/o doctorandos que reúnan las siguientes condiciones:
Formalización de solicitudes: La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, a la que se subirá la siguiente documentación en formato electrónico:
Las solicitudes de los directores de investigación podrán presentarse en cualquier momento hasta el 31 de octubre, y serán evaluadas en periodos trimestrales.
//Criterios de valoración://
- La comisión evaluadora en la segunda fase del concurso tendrá en cuenta, entre otros méritos, el currículum vitae y el expediente académico de los candidatos así como los criterios especificados en la convocatoria oficial.