PROGRAMA DE CONTRATOS PREDOCTORALES

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PROGRAMA DE CONTRATOS PREDOCTORALES

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MODALIDADES DE CONTRATO:

6.A. CONTRATOS PREDOCTORALES (FPU)

6.B. CONTRATOS PREDOCTORALES COFINANCIADOS CON INSTITUCIONES, EMPRESAS O ENTIDADES

6.A. CONTRATOS PREDOCTORALES (FPU)

OBJETIVO

Incrementar el número de investigadores en la Universidad de Granada y promover la formación de doctores, con carácter complementario a los programas de formación de personal docente e investigador de los planes nacionales y andaluz de investigación.

CONDICIONES

- El programa se adecúa a lo establecido en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, en la que se contempla la contratación para la realización de tareas de investigación de quienes estén en posesión del Título de licenciado, ingeniero, arquitecto, graduado universitario con grado de al menos 300 créditos ECTS, máster universitario o equivalente, y hayan sido admitidos en un programa de doctorado de la UGR.
- Los contratos tendrán una duración de un año, prorrogable por periodos anuales previo informe favorable de la comisión académica del programa de doctorado o, en su caso, de la escuela de doctorado, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa hasta un máximo de cuatro. En ningún caso la duración acumulada del contrato inicial más las prórrogas podrá exceder de cuatro años, salvo en los casos contemplados específicamente en la Ley 14/2011.
- La cuantía de las ayudas será de doce mensualidades de 1120€ a lo largo del contrato, incluyendo la parte proporcional de las pagas extraordinarias, pero no la cuota patronal, que será igualmente sufragada.
- Desde el segundo año de contrato se establece la posibilidad de disfrutar de una bolsa de viaje para una estancia en algún otro centro de investigación, fuera del ámbito geográfico de la Universidad de Granada, por un máximo de tres meses, que deberá solicitarse en el contexto del correspondiente programa de Ayudas para Estancias Breves del Plan Propio de Investigación.
- El contrato de trabajo se establecerá en la modalidad de contrato predoctoral de acuerdo con lo establecido en la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación.
- Debido al carácter subsidiario del Plan Propio de Investigación, el disfrute de estos contratos será incompatible con la obtención de ayudas equivalentes en programas europeos, nacionales o autonómicos. De este modo, los beneficiarios de estos programas a los que le sean concedidas ayudas en el programa FPU, contratos Río Hortega, o programas equivalentes estarán obligados a la aceptación de éstas, cesando automáticamente el disfrute de la beca-contrato FPU del Plan Propio.
- Los contratos predoctorales se podrán extinguir por las siguientes circunstancias:

  • el vencimiento del contrato predoctoral cuando no sea prorrogado.
  • el transcurso del período máximo de duración de la ayuda.
  • la salida del beneficiario del programa de doctorado.
  • la obtención del título de doctor por parte del beneficiario.
  • por renuncia del propio beneficiario.

- Se mantendrán un máximo de 36 ayudas predoctorales en vigor, de forma que en cada convocatoria se cubrirán las vacantes que se hayan producido desde la convocatoria anterior.

REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

  • Haber presentado solicitud a la convocatoria becas FPU de 2015 (publicada por la Secretaría de Estado de Educación, Formación profesional y Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte correspondiente a 2016, resolución de 19 de noviembre de 2015. BOE num. 284, de 27 de noviembre de 2015) con adscripción a la Universidad de Granada, o a la convocatoria de contratos Río Hortega, y cumplir los requisitos exigidos en la convocatoria correspondiente. La no admisión o evaluación de dicha solicitud por el organismo correspondiente será motivo de exclusión de este programa
  • Haber sido admitido por el Consejo de Departamento o Instituto al que se adscribirá el contrato.
  • Presentar el proyecto de investigación solicitado en la convocatoria de becas FPU del MECD o a la convocatoria de contratos Río Hortega, avalado y firmado por el mismo director y departamento.
  • Tener expediente académico con nota media ponderada igual o superior a la mínima exigida para ser evaluada por el ministerio en los respectivos ámbitos del conocimiento. Dicha media se computará sobre la totalidad de las materias cursadas en la titulación correspondiente.
  • Ningún director podrá figurar como tal en más de una solicitud de contrato de la presente convocatoria.
  • El grupo de investigación al que se adscriba el contratado deberá demostrar que dispone de financiación para llevar a cabo el trabajo de investigación propuesto. Esta financiación en ningún caso, podrá provenir de otra ayuda solicitada al Plan Propio de Investigación.

FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, a la que se subirá la siguiente documentación en formato electrónico:

  • Copia de la solicitud presentada a la convocatoria de becas FPU del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte del año 2015 (BOE num. 284, de 27 de noviembre de 2015), o a la convocatoria de contratos Río Hortega.
  • Fotocopia del título de licenciatura o grado, así como fotocopia del Expediente Académico con puntuación sobre 10.
  • Fotocopia del DNI o pasaporte.
  • Aceptación del Consejo de Departamento o Instituto.
  • Visto bueno del director de la tesis y del responsable del grupo de investigación.
  • Compromiso de aceptación de cualquier beca o contrato que le sea concedida en programas europeos, nacionales o autonómicos equivalentes a este programa.

El plazo de presentación de solicitudes se anunciará en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, una vez hayan sido publicadas las resoluciones de los programas FPU del MECD y de los contratos Río Hortega.

CRITERIOS DE VALORACIÓN

Para la adjudicación de los contratos la Comisión de Investigación tendrá en cuenta:

  • Expediente Académico.
  • Puntuación obtenida en la convocatoria del programa FPU del MECD o de la convocatoria de contratos Río Hortega.
  • La Comisión de Investigación podrá requerir a los solicitantes información y documentación adicional, así como el desglose de la puntuación obtenida en la solicitud de beca FPU del MECD o de la convocatoria de contratos Río Hortega.

DERECHOS Y OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

- Los beneficiarios de este programa formarán parte del colectivo de personal investigador en formación, según lo estipulado en los Estatutos de la Universidad de Granada, con todos los derechos y obligaciones que se derivan de esta situación.
- Los beneficiarios deberán observar las condiciones relativas a incompatibilidades, derechos y deberes establecidas, respectivamente, en la convocatoria becas FPU publicada por la Secretaría de Estado de Educación, Formación profesional y Universidades del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, o en la convocatoria de contratos Río Hortega.
- Los beneficiarios podrán colaborar en las tareas docentes del Departamento en las condiciones aprobadas en el Plan de Organización Docente del curso correspondiente.
- Los beneficiarios estarán obligados a presentar solicitud a las convocatorias oficiales de programas de ayudas FPU o de contratos Río Hortega que se realicen durante el periodo de vigencia de su contrato.
- Los beneficiarios estarán obligados a aceptar cualquier beca o contrato que le sea concedida en programas europeos, nacionales o autonómicos equivalentes a este programa, debiendo presentar automáticamente su renuncia a la beca o contrato del Plan Propio.
- Los beneficiarios se subrogarán para sus derechos y obligaciones en las condiciones que se establezcan en las convocatorias de años sucesivos del Plan Propio o en su defecto en lo que establezca, respectivamente, la convocatoria para ayudas FPU de los subprogramas de Formación y Movilidad incluidos en el Programa estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad, en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica y técnica del MECD, o lo que establezca la convocatoria de contratos Río Hortega.

RENOVACIÓN DE CONTRATOS

- Dos meses antes de la finalización de cada anualidad deberá presentarse la memoria anual de evaluación del trabajo realizado que se publicará en el Repositorio de la Biblioteca de la Universidad de Granada y que deberá contar con el informe del director de la tesis doctoral y de la comisión académica del programa de doctorado. La no presentación de dicho informe o su evaluación científica desfavorable podrá resultar, siempre a criterio de la Comisión de Investigación, en la no renovación del contrato, dicho impreso está disponible en (http://investigacion.ugr.es/pages/docu/propio).

- En el caso de que el beneficiario por exigencias del programa de doctorado al que pertenece, defienda y apruebe su Tesis Doctoral antes del período de finalización del contrato (en el tercer año de disfrute del mismo), podrá optar a un contrato postdoctoral por un período improrrogable máximo de un año, y con las siguientes condiciones:

- Los beneficiarios de este contrato postdoctoral percibirán una dotación mensual de 1.200 € brutos, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias. Los gastos de cuota patronal e indemnización serán sufragados igualmente.

- Los contratados podrán prestar colaboraciones docentes hasta un máximo semestral de 4 créditos, o los que para este tipo de contratos hayan sido aprobados en el plan de ordenación docente para el año correspondiente.

- La Universidad de Granada, a efectos de oposiciones y concursos, reconocerá la tarea investigadora desarrollada durante el tiempo de disfrute de estas ayudas.

6.B. AYUDAS PREDOCTORALES EN COLABORACIÓN CON INSTITUCIONES, EMPRESAS O ENTIDADES

OBJETIVO

Contribuir a dinamizar y estrechar las relaciones entre el sector productivo y el mundo universitario, estableciendo condiciones que potencien iniciativas emprendedoras, que faciliten la carrera profesional del personal investigador en formación mediante la realización de doctorados industriales en los que el doctorando desarrollará su formación investigadora en colaboración con una empresa o institución privada, con el fin de incentivar la contratación en empresas y promover prácticas de empleo estable.

CONDICIONES

  • Estas ayudas están destinadas a financiar el importe total de un contrato, que será financiado en un 25% por el Plan Propio y en un 75% por la empresa o institución a la que éste se adscriba.
  • La finalidad del contrato será la realización de una tesis doctoral en el marco de un convenio de colaboración entre la Universidad de Granada y la empresa o institución privada.
  • El doctorando estará supervisado por un director de tesis de la Universidad de Granada y un responsable designado por la empresa.
  • La dedicación del doctorando al proyecto de investigación se distribuirá entre la Universidad de Granada y la entidad cofinanciadora.
  • El director de la tesis doctoral deberá ser un miembro del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada que cumpla los requisitos establecidos en el programa de doctorado correspondiente.
  • Las tesis leídas en el marco de este programa recibirán la mención de Doctorado en colaboración con empresas. Las empresas e investigadores participantes también recibirán un reconocimiento por su participación en este programa.
  • Los contratos tendrán una duración de un año, prorrogable por periodos anuales previo informe favorable de la comisión académica del programa de doctorado o, en su caso, de la escuela de doctorado, durante el tiempo que dure su permanencia en el programa hasta un máximo de tres años. En casos excepcionales se podrá conceder un cuarto año de contrato que estará supeditado al informe favorable de la comisión académica del programa de doctorado y a la aprobación de la Comisión de Investigación. En ningún caso la duración acumulada del contrato inicial más las prórrogas podrá exceder de cuatro años, salvo en los casos contemplados específicamente en la Ley 14/2011.
  • Cualquier renovación estará supeditada a las disponibilidades presupuestarias de las entidades co-financiadoras, así como a la voluntad de continuidad que éstas manifiesten y a que el contratado siga cumpliendo los requisitos establecidos en este programa y en la convocatoria específica.
  • La cuantía de los contratos será la siguiente: a) doce mensualidades de 1050€ brutos durante los dos primeros años de contrato; b) doce mensualidades de 1120€ durante el tercer año de contrato; y c) doce mensualidades de 1400€ durante el cuarto año de contrato. En todos los casos estas cuantías incluyen la parte proporcional de las pagas extraordinarias, pero no la cuota patronal que será igualmente sufragada de forma proporcional por ambas partes. En cualquier caso, el Plan Propio sólo financiará hasta el 25% de esta cuantía, en las mismas condiciones que las ayudas de la modalidad A.
  • Se mantendrá un máximo de 8 ayudas en vigor en la actual convocatoria.

FORMALIZACIÓN DE SOLICITUDES

El proceso de solicitud de este programa consta de dos fases:

PRIMERA FASE: Solicitud de las ayudas por los directores de la investigación

Requisitos de los solicitantes:
- Podrán solicitar las ayudas investigadores de la Universidad de Granada con título de doctor, en calidad de directores de los futuros beneficiarios.
- Firmar un convenio tipo “Acuerdo de colaboración suscrito entre la Universidad de Granada y la institución, empresa o entidad colaboradora” a través de la OTRI de la Universidad de Granada.

Formalización de solicitudes:

  • La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, a la que se subirá la siguiente documentación en formato electrónico:
    • Memoria descriptiva del proyecto de investigación a realizar, en la que se justifique debidamente el interés científico de la propuesta y su viabilidad.
    • Compromiso de colaboración científica y cofinanciación de la institución, empresa o entidad colaboradora.
    • Convenio de colaboración entre la Universidad de Granada y la institución, empresa o entidad colaboradora.
    • CV del solicitante y de la empresa en materia de I+D+i.

Criterios de valoración:
- La Comisión de Investigación tendrá en cuenta, como principales criterios de selección, el interés y viabilidad del proyecto que presente el investigador responsable, la calidad y el prestigio de la empresa o institución que apoya la propuesta, y la existencia de un convenio de colaboración con la Universidad de Granada.

SEGUNDA FASE: Selección de candidatos mediante concurso público

Una vez aprobada la ayuda por la Comisión de Investigación se procederá a la selección de candidatos mediante concurso público. En convocatoria oficial se dará a conocer la titulación exigida, las condiciones del contrato, los criterios de selección y la composición de la comisión evaluadora. La selección de los candidatos se llevará a cabo de forma conjunta por la Universidad de Granada y la entidad cofinanciadora, de modo que la comisión evaluadora deberá estar constituida por dos miembros de la Comisión de Investigación y dos representantes de la empresa o institución privada.

Requisitos de los solicitantes: Podrán solicitar la ayuda licenciados, graduados y/o doctorandos que reúnan las siguientes condiciones:

  • Ser titulado superior, con fecha de finalización de estudios de la titulación por la que participen con posterioridad a 1 de enero de 2012 (requisito FPU2015).
  • Estar admitido o matriculado en un programa de doctorado de la UGR.
  • Tener expediente académico con nota media igual o superior a 6.5 puntos. Dicha media se computará sobre la totalidad de las materias cursadas en la titulación correspondiente.

Formalización de solicitudes: La solicitud deberá realizarse a través de la aplicación telemática disponible en la web del Vicerrectorado de Investigación y Transferencia, a la que se subirá la siguiente documentación en formato electrónico:

  • Fotocopia del D.N.I. o pasaporte del solicitante.
  • Curriculum vitae que incluya certificación académica personal detallada en la que figuren las calificaciones obtenidas y la fecha en que se obtuvieron, o fotocopia del expediente académico.
  • Breve memoria descriptiva del proyecto de tesis a realizar.
  • Aceptación del director del trabajo de investigación.
  • Aceptación del Consejo de Departamento.
  • Certificado de estar admitido o matriculado en un programa de doctorado

Las solicitudes de los directores de investigación podrán presentarse en cualquier momento hasta el 31 de octubre, y serán evaluadas en periodos trimestrales.

//Criterios de valoración://
- La comisión evaluadora en la segunda fase del concurso tendrá en cuenta, entre otros méritos, el currículum vitae y el expediente académico de los candidatos así como los criterios especificados en la convocatoria oficial.

OBLIGACIONES DE LOS BENEFICIARIOS

  • Realizar la actividad para la que se concede la ayuda. Cualquier modificación sobre el proyecto presentado requerirá de la autorización previa del Vicerrector de Investigación y Transferencia.
  • Presentar un informe anual al Vicerrectorado de Investigación y Transferencia sobre los avances que se produzcan, refrendados por el director del trabajo de investigación y presentar asimismo los informes que solicite la empresa.
  • Los beneficiarios se subrogarán para sus derechos y obligaciones en las condiciones que se establezcan en las convocatorias de años sucesivos del Plan Propio.